Para entender la presentación Prasánguika Gelug del surgimiento dependiente (rten-‘byung ‘brel-ba) y la vacuidad de la existencia autoestablecida (rang-bzhin-gyis grub-pa; existencia inherente), necesitamos entender las distinciones que esta escuela establece entre imputación, etiquetado mental y designación. Se hace referencia a los tres con el mismo verbo en tibetano (‘dogs-pa, pasado: btags-pa), que en el lenguaje coloquial significa: “atar”, “atribuir” o “ser atado”, “ser atribuido”.
Esta división triple es sugerida por la afirmación Prasánguika Gelug de los tres tipos de fenómenos conocibles imputablemente definicionales (btags-yod).
- Imputablemente conocibles como algo imputado sobre una base (rten-nas btags-pa’i btags-yod) – tales tipos de fenómenos están involucrados con “imputación”,
- Imputablemente conocibles como algo imputado por cognición conceptual (rtog-pas btags-pa’i btags-yod) – tales tipos de fenómenos están involucrados con “etiquetado mental”,
- Imputablemente conocibles como algo postulado por nombres y etiquetas (ming-dang brda’i bzhag-pa’i btags-yod) – tales tipos de fenómenos están involucrados con “designación”.
El término sánscrito original para un fenómeno imputablemente conocible, prajnaptisat, está compuesto de prajnapti y sat. “Prajnapti” es el participio causal pasivo de la forma verbal de la cual parte el término “prajna, darse cuenta que discrimina” y, por lo tanto, significa “algo que es causado para ser discriminado (o conocido) por algo más. “Sat” significa “existencia” y, por lo tanto, “existencia como algo que es causado a ser conocido por discriminación por algo más”. La definición tibetana es un fenómeno válidamente conocible que, cuando es conocido, se apoya en una cognición real de algo más, a saber, una base para la imputación, (gdags-gzhi):
- Tanto inmediatamente precedente como simultáneamente con ella.
- O sólo inmediatamente antes que ella en el caso de la vacuidad (vacío), la falta de un alma imposible (bdag-med, falta de identidad) y las verdaderas detenciones (‘gog-bden, verdaderas cesaciones).
De acuerdo con la Prasánguika Gelug, este es el nivel burdo de ser imputablemente conocible. El nivel sutil, definicional, se refiere a los tres tipos de fenómenos que surgen en dependencia de una base de imputación, no existen de forma independiente de su base de imputación y carecen totalmente de cualquier cosa del lado de su base para imputación, tal como su marca característica definitoria (mtshan-nyid, sct. lakshana), que tiene el poder de establecer su existencia. En este sentido más sutil, el término tibetano “btags-yod” se traduce mejor como “imputablemente existente”, en lugar de como “imputablemente conocible”, como se usa para el sentido más burdo del término técnico. Desde el punto de vista de este nivel más sutil, las tres divisiones son equivalentes; pero desde el punto de vista del nivel más burdo hay diferencias, y esto es lo que exploraremos.
Imputación
Variables que afectan no congruentes no estáticas y fenómenos estáticos
Las variables que afectan no congruentes, no estáticas (ldan-min ‘du-byed), tales como las personas, los lapsos de tiempo y la impermanencia (no estatismo) y ciertos fenómenos estáticos, tales como la vacuidad y el espacio, son fenómenos que son imputaciones sobre una base. Tales tipos de fenómenos imputados no pueden existir independientemente de sus bases para la imputación; y, de la misma forma, sus bases para la imputación no pueden existir independientemente de las que son imputaciones sobre ellas, de lo contrario no serían bases para su imputación. Y aunque los sistemas filosóficos no Prasánguika afirman que las marcas características definitorias de tales fenómenos son encontrables en sus bases para la imputación, los Prasánguika lo refutan completamente. Así, las variables que afectan no congruentes y ciertos fenómenos estáticos son “imputablemente existentes”.
- Una variable que afecta no congruente es un fenómeno no estático que no es ni una forma de fenómeno físico ni una forma de darse cuenta de algo, y que no comparte cinco cosas en común, tal como el objeto cognitivo, con la conciencia primaria y los factores mentales que acompaña.
Por ejemplo, una persona (gang-zag) no puede existir independientemente de los cinco factores agregados de la experiencia (phung-po lnga; cinco agregados) y los cinco factores agregados de la experiencia no pueden existir independientemente de una persona que es una imputación sobre ellos. Por el bien de la simplicidad, vamos a referirnos a los cinco agregados sólo como un cuerpo y una mente, dado que en cualquier cognición en la que sólo uno de los cinco agregados es conocido, la persona también es simultáneamente conocida.
Un cuerpo y una mente no pueden existir como un cuerpo y una mente independientemente de que haya una persona como una imputación sobre ellos, y una persona no puede existir independientemente de un cuerpo y una mente. En otras palabras, algo que es una imputación sobre una base y la base sobre la que se imputa surgen en dependencia mutua. Una no crea a la otra. Un cuerpo y una mente no existen primero por sí mismos y luego crean a una persona, y una persona no existe primero por sí misma y luego crea un cuerpo y una mente. Además, el pensamiento conceptual tampoco crea a una persona. Sea que un feto esté consciente o no de sí mismo como persona o piense “soy una persona”, aún es una persona.
Entre las variables que afectan no congruentes y los fenómenos estáticos, sin embargo, debemos diferenciar:
(1) Aquellos que duran tanto como su base para la imputación, por ejemplo, una persona como una imputación sobre una continuidad individual de cinco agregados o la impermanencia, la vacuidad o el espacio de una manzana.
- Una persona dura tanto como dura la continuidad individual de los cinco agregados sobre la que es una imputación. Es decir, para siempre, sin principio y sin final.
- El no estatismo, la vacuidad y el espacio de una manzana duran tanto como dura la manzana sobre la que son imputaciones: tienen un principio y un final simultáneamente con el surgimiento y la cesación de la manzana.
(2) Aquellos que son adventicios, que surgen y cesan en diferentes momentos de la base sobre la que se vuelven imputaciones, por ejemplo, las tendencias, los hábitos constantes y las categorías de objeto y audio.
- Las tendencias (sa-bon) de las emociones perturbadoras, incluyendo aquellas del no darse cuenta y los hábitos constantes (bag-chags) de aferrarse a la existencia verdaderamente establecida, son imputaciones, por así decirlo, sobre una continuidad mental. Al igual que la continuidad mental sobre la que son imputaciones, no tiene principio ni final, pero a diferencia de sus bases para la imputación, pueden tener un final con una verdadera detención de ellas.
- Las tendencias kármicas y las categorías de audio y objeto también son imputaciones, por así decirlo, sobre una continuidad mental. A diferencia de la continuidad mental sobre las que son imputaciones, sin embargo, las tendencias kármicas tienen un principio inmediatamente después de una acción kármica y pueden tener un final con su purificación total y, por lo tanto, una cesación verdadera de ellas. Las categorías de objeto, tal como la categoría de “computadora”, tiene un principio en nuestra continuidad mental cuando aprendemos por primera vez sobre las computadoras; y las categorías de audio, tal como la categoría del sonido de la palabra “computadora”, tiene un principio cuando aprendemos la palabra. Todas las categorías pueden tener un final en nuestra continuidad mental con el logro de la iluminación.
- La continuidad mental sobre la que las tendencias, hábitos constantes y categorías de objeto y audio son imputaciones, sirve como base para la imputación sólo durante el tiempo que estas imputaciones duran. Antes del surgimiento de estas imputaciones y después de su cesación, las continuidades mentales aún existen como continuidades mentales, sin principio ni final, pero no existen como bases para la imputación de estas tendencias, hábitos constantes y categorías.
Los fenómenos no estáticos, las variables que afectan no congruentes y los fenómenos estáticos, como fenómenos imputados, son imputablemente conocibles en el sentido burdo del término. Cuando vemos el cuerpo de una persona, por ejemplo, el objeto focal (dmigs-yul), equivalente al objeto que aparece (snang-yul) de la cognición, incluye tanto el cuerpo como la persona; existen de forma inseparable el uno de la otra. En otras palabras, vemos la combinación de un cuerpo y una persona como una imputación sobre él y esa combinación aparece ante nuestra cognición. Sin embargo, primero aprehendemos explícitamente (dngos-su rtogs-pa) el cuerpo y luego aprehendemos explícitamente tanto el cuerpo como la persona.
- La aprehensión de un objeto significa la cognición de él, que es tanto precisa como decisiva.
- Con la aprehensión explícita, una apariencia cognitiva (rnam-pa, un holograma mental) del objeto involucrado (’jug-yul) aparece en la cognición.
- El objeto involucrado de una cognición es el principal objeto con el que la cognición misma se involucra.
Así, la aprehensión explícita primero determina (nges-pa) el cuerpo que aparece ante ella: en otras palabras, decididamente corta el cuerpo de todo lo demás que se ve simultáneamente alrededor de él. Así, la aprehensión explícita es acompañada por la aprehensión implícita de “nada más que sí mismo”. Así, nada más que sí mismo es aprehendido con ella.
- Este tipo de “nada más que sí mismo” (ldog-pa) es llamado “objetos de exclusión caracterizados individualmente de algo más” (don rang-mtshan-gyi gzhan-sel, objeto de exclusión, objeto aislador). Es una entidad objetiva no estática.
Luego, la aprehensión explícita determina tanto al cuerpo como a la persona. Al hacerlo, decididamente excluye aprehender cualquier cosa más que sea una imputación sobre el cuerpo, tal como su impermanencia. En el primer momento, entonces, el objeto involucrado de la cognición es el cuerpo y en el segundo momento los objetos involucrados son tanto el cuerpo como la persona. Este es el caso sin importar el hecho de que la combinación del cuerpo y la persona como una imputación sobre él, es el objeto focal y el objeto que aparece de ambos momentos de la aprehensión explícita.
El mismo análisis aplica a ver un objeto no estático y su no estatismo (impermanencia) o su movimiento. Por ejemplo, en el primer momento de ver un auto pasar, nuestra aprehensión explícita determina el auto; y en el segundo momento, cuando se ha movido, determina tanto el auto como su movimiento. Sin embargo, mientras el auto está pasando, el auto y su movimiento no existen de forma independiente el uno del otro.
En el caso de la cognición no conceptual de la vacuidad, un objeto y su vacuidad, tampoco existen de forma independiente el uno de la otra. Cuando se ve el objeto, en el primer momento determinamos el objeto. En el segundo momento determinamos tanto el objeto como la forma imposible de existencia que es proyectada sobre él. En el tercer momento, con el entendimiento correcto y decisivo de que esta forma imposible de existencia no corresponde a nada real, cortamos todas las apariencias tanto del objeto como de esta forma imposible de existir. Aprehendemos sólo su vacuidad – la total ausencia de esta forma imposible de existir. En este caso, la cognición de la vacuidad se apoya en una cognición inmediatamente precedente de su base para la imputación, a saber, el objeto, pero no sucede con cognición simultánea de su base.
- Noten que la explicación anterior pertenece sólo a cuando aprehendemos la vacuidad. Esto no significa que cada vez que aprehendemos la base para la imputación de una vacuidad, también aprehenderemos su vacuidad. Cada vez que vemos nuestro cuerpo, por ejemplo, si carecemos del darse cuenta que discrimina de la vacuidad, no conocemos precisamente ni decisivamente su vacuidad.
Objetos completos
También incluidos entre los fenómenos imputados están los fenómenos completos (cha-can) como imputaciones sobre partes físicas y/o temporales (cha). Partes de un todo no pueden existir como partes de ese todo independientemente del todo del que son partes, y un todo no puede existir independientemente de sus partes. Puede quedar sólo un pedazo de pay cuando el resto del pay ya ha sido comido; sin embargo, una rebanada de pay sólo puede existir como una rebanada en dependencia de que haya un pay completo del que es una parte.
Como otro ejemplo, cuando vemos una habitación, aunque sólo podemos ver una parte de ella a la vez, convencionalmente decimos que estamos viendo la habitación. La parte que vemos no es una parte de nada; es parte de la habitación. La habitación como un todo no existe como idéntica sólo de la parte que vemos en nuestro campo de visión, ni la habitación existe como algo totalmente separado de la parte que vemos. La habitación como un todo es una imputación sobre las partes e implica a todas las partes. Aunque una parte de la habitación pueda haber sido construida antes que el resto, aun así, la habitación completa y sus partes existen en dependencia mutua. El término técnico es que son surgimientos dependientes (rten-cing ‘brel-bar ‘byung-ba); en otras palabras, surgen o existen en dependencia mutua.
El mismo análisis aplica a un todo como una imputación sobre partes temporales, por ejemplo, ver un juego de fútbol. Sólo vemos un momento del juego a la vez; no podemos ver el juego entero al mismo tiempo. Pero a cada momento de ver convencionalmente lo llamamos “ver el juego”, sin importar el hecho de que sólo estamos viendo una parte temporal del juego. El juego completo no es idéntico a ningún momento del mismo, ni el juego como un todo existe de forma separada de ningún momento del mismo. En lugar de ello, todo el evento es una imputación sobre cada momento de lo que estamos viendo e incluye o se extiende sobre todos los momentos.
Sin embargo, a diferencia de los objetos imputablemente conocibles, tales como el movimiento, no conocemos primero una parte de algo y luego, en el siguiente momento, conocemos tanto esa parte como el todo que es una imputación sobre él. Conocemos una parte y el todo como una imputación sobre él de forma simultánea. Cuando vemos parte de una habitación, estamos viendo simultáneamente una habitación; y cuando vemos unos cuantos momentos de un juego de fútbol, estamos viendo un juego de fútbol. Quizás ni siquiera hayamos visto cada parte de una habitación cuando sólo nos asomamos en ella, y quizás no hayamos visto un juego de fútbol completo; sin embargo, convencionalmente vimos la habitación y vimos el juego de fútbol.
El mismo análisis aplica a ver a una persona. Aunque podemos ver a alguien por sólo un momento o sólo por un breve instante, la persona como un todo, el objeto válidamente conocible se extiende, no sólo a lo largo de toda esta vida, sino también a lo largo de otras vidas, sin principio ni final. Cuando tengo una reunión con Mary, por ejemplo, no sólo estoy viendo un momento de Mary; en cada momento estoy viendo a la Mary que tiene toda una vida, así como incontables vidas pasadas y futuras, sin importar el hecho de que ella está diciendo o haciendo algo diferente en cada momento del encuentro.
Además, cuando veo a Mary, sólo estoy viendo a Mary como una imputación sobre el agregado de la forma de su cuerpo. Aunque no conozco los otros cuatro agregados sobre los que Mary es una imputación, – su conciencia, sus sensaciones, su distinción y sus emociones – sin embargo, estoy viendo a Mary como una persona que es una imputación sobre los cinco agregados.
Objetos convencionales, de sentido común
Asimismo, incluidos entre los objetos imputados están los objetos convencionales (tha-snyad-pa, sct. vyavahara). Estos incluyen formas de fenómenos físicos que se extienden a lo largo de la información reunida de todos los sentidos a lo largo del tiempo, y que son imputaciones sobre los datos provenientes de cualquier sentido en cualquier momento. Tales tipos de objetos convencionales son también conocidos como “objetos físicos de sentido común” (‘jig-rten-la grags-pa).
Por ejemplo, cuando vemos una naranja, no sólo vemos una forma de colores, sino que vemos una naranja de sentido común que tiene otras cualidades sensoriales características también, tales como un olor, un sabor y una sensación táctil. Además, aunque vemos una naranja sólo un momento a la vez, una naranja de sentido común no existe sólo por un momento. Su existencia convencional se extiende a lo largo del tiempo.
Como es el caso con ver una habitación y ver un juego de fútbol, ver la forma coloreada de una naranja y ver la naranja ocurren simultáneamente. Quizás nunca olamos o probemos esa naranja ni la sostengamos en nuestra mano; sin embargo, cuando vemos una esfera de color naranja, estamos viendo una naranja de sentido común que puede ser olida, probada y sostenida.
Tales fenómenos, como un todo y los objetos convencionales de sentido común, son conocidos como “síntesis de colección (tshogs-spyi).”
También hay síntesis de tipo (rigs-spyi) de qué tipo de objeto es algo, aunque quizás no sepamos qué tipo de objeto es cuando conocemos el objeto. Un animal, por ejemplo, no puede existir como un animal sin ser algún tipo de animal – un perro, un gato y demás. Una palabra no puede ser sólo una palabra sin ser una palabra de algún idioma específico. O más generalmente, un objeto válidamente conocible no puede existir como un objeto válidamente conocible sin ser algún tipo de objeto válidamente conocible, por ejemplo, una persona o una puerta. Las síntesis de tipo son imputaciones sobre síntesis de colección.
Sin embargo, la pregunta es ¿cómo podemos comprobar que un objeto válidamente conocible sea una persona y no algo más, por ejemplo, una puerta? De acuerdo con las afirmaciones Prasánguika Gelug, cuando analizamos desde el punto de vista de la verdad superficial o la verdad más profunda, no podemos encontrar nada restante del lado del objeto.
- La verdad superficial (kun-rdzob bden-pa, verdad ocultadora, verdad obscurecedora, verdad aparente) de cualquier fenómeno es su apariencia como si tuviera su propia naturaleza esencial (rang-gi ngo-bo) – su naturaleza de ser lo que es – establecida por una naturaleza autoestablecedora encontrable (rang-bzhin-gyis grub-pa) que es tomada como verdadera por el no darse cuenta (ignorancia). Esta apariencia de una naturaleza autoestablecida es engañosa y falsa. Es un ocultador (kun-rdzob-pa); oculta una verdad más profunda acerca del objeto. La apariencia de lo que algo es convencionalmente puede ser exacta o inextacta.
- La verdad más profunda (don-dam bden-pa) de cualquier fenómeno es su verdadera naturaleza (chos-nyid), a saber, su auto-naturaleza (rang-bzhin) de vacuidad (vacío) – la total ausencia de tal naturaleza autoestablecida, dado que no existe tal cosa.
No podemos encontrar nada del lado de la persona o del lado de su base para la imputación (un cuerpo y una mente) que lo establezca como una persona, sea por su propio poder o por su propio poder en conjunción con ser mentalmente etiquetado como una persona. No podemos encontrar su vacuidad. Sin embargo, esto no invalida que haya personas como objetos convencionales y que podamos conocerlos válidamente. La única cosa que puede comprobar que hay personas como objetos convencionales es únicamente el etiquetado mental.
En más detalle, los objetos convencionales, u objetos de sentido común, también son llamados “dharmas” (chos), fenómenos. Un fenómeno es definido como algo que sostiene su propia naturaleza esencial (rang-gi ngo-bo ‘dzin-pa). Lo único que puede demostrar que los fenómenos sostengan su propia naturaleza esencial de lo que convencionalmente son, es únicamente el etiquetado mental. Por lo tanto, necesitamos entender de forma correcta qué es exactamente el etiquetado mental.
Etiquetado mental
Categorías y miembros de la categoría conceptualmente implícitos
El etiquetado mental involucra una categoría estática y un miembro de la categoría conceptualment implícito (zhen-yul, objeto conceptualmente implícito). Ambos pueden ser conocidos solo conceptualmente.
Hay dos tipos de categorías o, en términos de la teoría de conjuntos, dos tipos de conjuntos: categorías de audio (sgra-spyi) y categorías de objeto/significado (don-spyi).
- Una categoría de audio sería, por ejemplo, la categoría del sonido de la palabra “perro”.
- Una categoría de objeto/significado sería, por ejemplo, la categoría de todos los objetos que pueden ser clasificados como perros y como el significado de la categoría de audio “perro”.
Cada una de estas dos categorías es una imputación sobre un miembro de la categoría conceptualmente implícito. Esto significa que una categoría y un miembro de una categoría conceptualmente implícito surgen en dependencia mutua. Ninguno de los dos se crea el uno al otro; ninguno de los dos puede existir independientemente del otro, y ninguno de los dos puede ser conocido independientemente del otro.
Una nueva categoría de objeto y un miembro conceptualmente implícito de esa nueva categoría, tal como con la categoría de objeto “materia oscura”, puede tener un inicio para su existencia como objeto válidamente conocible con la propuesta inicial de la teoría de la materia oscura. Pero, al ser fenómenos estáticos, las categorías no crecen orgánicamente de causas y condiciones como una flor lo hace de una semilla, agua, tierra y sol. Además, no cambian momento a momento como lo hace una flor que luego se marchita.
El significado de “etiquetado mental”
El etiquetado mental involucra:
- Una categoría,
- Un miembro de una categoría conceptualmente implícito, sobre el cual la categoría es una imputación.
- Un artículo individual encaja en una categoría como un miembro específico de ella.
Con el etiquetado mental, una cognición conceptual etiqueta mentalmente sobre un elemento individual el “paquete conceptual” – el concepto (rtog-pa) – de una categoría y el miembro de una categoría conceptualmente implícito. Este es el significado de “etiquetado mental”. Es como pegar algo sobre algo más.
Los artículos que pueden encajar en una categoría como un miembro específico de ella incluyen tanto los fenómenos estáticos como los no estáticos, pero estos artículos no necesariamente tienen que encajar en una categoría para ser válidamente conocidos. Excepto por las categorías mismas, los otros fenómenos estáticos y los fenómenos no estáticos también pueden ser conocidos de forma no conceptual.
- Artículos que pueden ser mentalmente etiquetados con el conjunto de una categoría de audio y un miembro de la categoría de audio conceptualmente implícito, incluye todas las vocalizaciones del sonido de una palabra en todas las voces, todos los volúmenes y todos los acentos. Siempre que escuchamos a alguien decir “perro”, por ejemplo, es a través del etiquetado mental con la categoría de audio “perro” y un miembro de esta categoría conceptualmente implícito que, sin importar cómo la persona pronuncie el sonido, somos capaces de entenderlo como el sonido “perro”.
- La estructura es la misma con las categorías de objeto/significado, tal como la categoría de objeto “perro”, la cual también es la categoría de significado de la categoría de audio “perro”. Los artículos que pueden ser mentalmente etiquetados con el conjunto conceptual y un miembro de esta categoría conceptualmente implícito, incluye una gran variedad de animales que lucen muy diferentes entre sí. Aun así, a través del etiquetado mental con este paquete conceptual -este concepto de un “perro”, somos capaces de entenderlos todos como “perros”.
- Este es el caso incluso si la categoría es un conjunto nulo: una categoría en la que el número de artículos que pueden ser asignados con el estatus de ser un miembro específico de esa categoría, es cero. Por ejemplo, está la categoría de “materia oscura”, aunque aún no se ha encontrado ningún artículo que pueda ser etiquetado con esta categoría y el miembro de esta categoría conceptualmente implícito. En el caso de la categoría “naturaleza autoestablecedora”, los miembros específicos de esta categoría nunca pueden ser encontrados porque nunca han existido, ninguno existe en el presente y ninguno puede existir nunca. Sin embargo, puede haber una representación conceptualmente implícita de un miembro de esta categoría.
Cognición conceptual
Para simplificar nuestra presentación, abreviemos el paquete conceptual de una categoría como una imputación sobre un miembro de la categoría conceptualmente implícito como “un concepto”.
La cognición conceptual (rtog-bcas) de algo es siempre a través de un concepto y eso implica etiquetar mentalmente el concepto sobre algún artículo individual. La cognición no conceptual (rtog-med), en contraste, es la cognición de algo sin tal intermediario.
Consideren el caso de la síntesis de colección y síntesis de tipo, por ejemplo, el objeto convencional “un perro”. Podemos ver la combinación de una forma coloreada más, imputablemente existente sobre ella como una base, la síntesis de colección y la síntesis de tipo “perro”. Esto es cognición sensorial no conceptual del objeto convencional “un perro”. Aunque, convencionalmente, este objeto es un perro, la cognición visual no lo distingue como un perro, a diferencia de que sea un gato o cualquier otra cosa que no sea él mismo; meramente lo distingue como este objeto individual y cualquier otro también en el campo de visión.
Después podemos pensar, sea de forma verbal o no verbal, “este es un perro”. Esa es ahora una cognición conceptual del objeto convencional “un perro”. Mientras vemos all perro, conocemos conceptualmente el concepto de un “perro” y, mezclándolo con lo que vemos, etiquetamos mentalmente el concepto sobre el perro. En un sentido, cuando etiquetamos mentalmente el objeto convencional “perro” con el concepto de “un perro”, encajamos lo que vemos en una categoría estática, como encajarlo en una caja fija.
A menudo hay muchas asociaciones que van junto con el concepto de algo, lo cual en este caso serían las diversas categorías de significado de lo que perro significa para nosotros, por ejemplo, “lindo” o “peligro”. Pero cuando sólo vemos al animal, aunque ese animal de hecho es un perro, no un gato ni nada más, aun así, no pensamos: “este es un perro” y no hacemos ninguna asociación.
La diferencia entre imputación y etiquetado mental
La diferencia entre imputación y etiquetado mental puede ilustrarse mejor al comparar la cognición conceptual y la cognición no conceptual de una persona.
Las variables que afectan no congruentes tales como las personas son imputaciones sobre un cuerpo y mente individuales. En aras de la simplicidad, hablemos de una persona individual como una imputación sobre un cuerpo vivo individual. La imputación (una persona) y su base para la imputación (un cuerpo vivo) son inseparables la una de la otra. No podemos conocer uno sin conocer al otro. Como tal, el “conjunto” de una persona y el cuerpo vivo sobre el que es una imputación puede ser conocido ya sea conceptualmente o no conceptualmente. De esta forma, como un objeto imputablemente conocible, podemos pensar en una persona o ver a una persona.
Una categoría como “persona” y un miembro de la categoría “persona” conceptualmente implícito sobre el cual es una imputación también son inseparables, pero el conjunto conceptual de los dos sólo puede ser imputablemente conocido de forma conceptual, nunca de forma no conceptual. Este conjunto conceptual –este concepto de “una persona”- es etiquetado mentalmente por la cognición conceptual sobre el conjunto de una persona individual específica y el cuerpo individual vivo específico sobre el que es una imputación. Como un etiquetado mental, el concepto también es imputablemente conocible sólo en cognición conceptual, nunca de forma no conceptual. Para simplificar aún más, vamos a referirnos al paquete de una persona individual específica como una imputación sobre un cuerpo vivo individual específico como solo una persona individual específica.
- No podemos conocer el concepto de “una persona”, sin ese concepto etiquetado mentalmente, conceptualmente, sobre un artículo específico. En este caso, el artículo sobre el que este concepto es etiquetado, es una persona individual específica como una imputación sobre un cuerpo específico, individual. Por ejemplo, no podemos pensar en el concepto que tenemos de Mary sin que ese concepto sea etiquetado mentalmente sobre Mary, sea que Mary esté presente o no cuando estamos pensando en ella.
- Sin embargo, podemos conocer de forma no conceptual a Mary, como en el caso de verla, sin etiquetar mentalmente a Mary con el concepto que tenemos de ella.
Esta es una de las principales diferencias entre imputación y etiquetado mental:
- Los dos artículos en una relación de imputación mutua no pueden ser conocidos de forma separada.
- De los dos artículos en una relación de etiquetado mental mutuo, tal como esta de una persona específica o de personas en general, aunque el concepto de “una persona” no puede ser conocido de forma separada de aquello sobre lo que es mentalmente etiquetado, lo que puede etiquetarse, una persona individual, específica puede ser conocida de forma separada del concepto “una persona”.
Análisis detallado de los tres principales componentes del etiquetado mental
La etiqueta mental
Técnicamente, la categoría en una cognición conceptual es una exclusión (sel-ba, sct, apoha) – más específicamente, una exclusión mental de algo más (blo’i gzhan-sel). Tal fenómeno de exclusión es un reverso estático (ldog-pa, especificador), a saber, un “nada más que” (ma-yin-pa-las log-pa) o más literalmente, “lo que es lo contrario de no ser algo”. El “nada más que” específica y aísla un artículo como un miembro individual, específico de una categoría, por ejemplo: “nada más que un miembro individual, específico de la categoría ‘persona’”. Tal reverso es también llamado “un aislador que especifica un artículo individual” (rang-ldog) o el “aislador de una categoría” (spyi-ldog). Los dos términos son equivalentes.
Como una exclusión de algo más, un aislador o reverso es un fenómeno de negación (dgag-pa, fenómeno negacionalmente conocido) – un fenómeno válidamente conocible en el cual un objeto a ser negado es explícitamente excluido por la cognición conceptual que lo conoce. Específicamente, es un fenómeno de negación implicativa (ma-yin dgag): una exclusión de algo más en la cual, después de que los sonidos de las palabras que excluyen explícitamente el objeto a ser negado han negado ese objeto, arrojan en su estela, explícitamente -o tanto explícita como implícitamente-, tanto un fenómeno de afirmación como un fenómeno de negación. Un fenómeno de afirmación (sgrub-pa) es uno que es establecido como un fenómeno válidamente conocible sin que un objeto a ser negado sea excluido explícitamente por los sonidos de las palabras que lo expresan.
Para entender algo arrojado en la estela de una negación (bkag-shul), consideremos la negación implicativa: “la persona en la que estoy pensando no es una mujer”. El objeto a ser negado es “una mujer”. Después del sonido de las palabras de la oración han excluido que es una mujer en la que estoy pensando, arrojan explícitamente en su estela tanto que es una persona (un fenómeno de afirmación) en la que estoy pensando, y que no es una mujer (un fenómeno de negación). Implícitamente, el sonido de las palabras de la oración arrojan en su estela que es un hombre en el que estoy pensando, porque estoy pensando en una persona.
En la cognición conceptual de una persona, la categoría “persona” aparece (surge) en la cognición como el aislador (reverso) mental “nada más que una persona”. Este fenómeno de negación implicativa que aparece deja en su estela explícitamente la apariencia mental (snang-ba) de una persona y que no es otra cosa que una persona, e implícitamente una persona.
La apariencia mental de una persona es una representación mental estática de una persona. No puede hacer nada. Como fenómeno estático, no tiene forma por sí mismo. Sin embargo, alguna forma mental aparece en una cognición conceptual, sea que esa cognición conceptual ocurra mientas vemos a alguien o simplemente pensando en él o ella. Dado que una persona tampoco tiene forma y es imputablemente existente sobre un cuerpo, por ejemplo, la representación mental estática de la persona real puede tomar la forma mental del cuerpo sobre el cual la persona es una imputación, o puede tomar la forma mental del sonido de su voz, o solo el sonido mental del nombre de la persona. De hecho, la persona no puede aparecer o ser conocida de forma separada del cuerpo o la voz sobre la cual él o ella es una imputación. Consideremos de nuevo sólo el caso de la persona como una imputación sobre el cuerpo.
La forma mental que surge en la cognición conceptual es aquella del objeto conceptualmente implícito (zhen-yul) – un holograma mental (rnam-pa) de la forma de un cuerpo de sentido común con una persona como un fenómeno de imputación sobre él como su base para la imputación (gdags-gzhi). Este objeto conceptualmente implícito – una entidad objetiva no estática – es, a su vez, la base para la imputación de las tres entidades metafísicas (1) la categoría “persona”, (2) el aislador o reverso mental “nada más que una persona” y (3) la apariencia mental (representación mental) de una persona.
Todo el conjunto de estos tres fenómenos estáticos y el objeto conceptualmente implícito no estático – lo que hemos estado llamando un “conjunto conceptual” o “un concepto” – constituye la etiqueta mental (btags). Como una simplificación, la etiqueta mental a menudo es reducida solo a la categoría.
La base para el etiquetado
La base para etiquetar (gdags-gzhi) el conjunto conceptual de una persona es una persona de sentido común como un fenómeno de imputación sobre un cuerpo de sentido común que puede o no estar presente y que, incluso si está presente, puede o no ser visto de forma simultánea. Noten que el término tibetano para una base para la imputación y una base para el etiquetado es el mismo.
La categoría que aparece (surge) como un aislador mental es semi-transparente. A través de ella, la conciencia mental conoce, de una forma semi-oculta, la representación mental explícitamente arrojada que es imputada sobre el holograma mental del objeto conceptualmente implícito que, como su base para la imputación, le da a la representación mental su forma. El holograma mental del objeto conceptualmente implícito es completamente transparente.
Si una base para el etiquetado está presente y es conocida con una cognición no conceptual sensorial separada que acompaña a la cognición conceptual, la cognición conceptual etiqueta mentalmente el conjunto conceptual sobre esta base para el etiquetado y lo conoce, de una forma semi-oculta, a través del conjunto conceptual. Debido a este semi-ocultamiento, la base para el etiquetado, en este caso, una persona de sentido común como una imputación sobre un cuerpo de sentido común, no es tan vívido como cuando simplemente se ve a la persona. A través del objeto conceptualmente implícito, el conjunto conceptual etiqueta mentalmente a la persona de sentido común como un miembro específico de la categoría “persona”.
El objeto referente de la etiqueta mental
Como se explicó más arriba, como una negación implicativa, el aislador mental arroja explícitamente en la estela de la negación una representación mental estática de un miembro de una categoría – en nuestro ejemplo, una representación mental de una persona. Implícitamente, esto arroja una persona, la cual no aparece en la cognición conceptual. Esta persona implícitamente arrojada es el objeto referente (btags-chos) de la etiqueta mental. Es a lo que el conjunto conceptual (el concepto) de una persona se refiere sobre la base de una persona de sentido común como una imputación sobre un cuerpo y que sirve como la base para el etiquetado.
La apariencia de una persona de sentido común como una imputación sobre un cuerpo de sentido común que vemos, y el cual es la base para etiquetar a una persona, es una verdad convencional (kun-rdzob bden-pa). Aparece como auto-establecido (rang-bzhin-gyis grub-pa) por el poder de una naturaleza auto-establecedora (rang-bzhin) y una marca característica definitoria, las cuales se pueden encontrar del lado del cuerpo como la base para la imputación de la persona. Todos los componentes del conjunto conceptual etiquetado sobre ella también parecen ser auto-establecidos de la misma forma.
Una “cosa” referente
Una “cosa” referente (btags-don) es un objeto referente auto-establecido real, uno que, bajo el análisis, puede encontrarse y que sirve como un apoyo focal (dmigs-rten) que respalda y sostiene al objeto referente. El Prasánguika refuta incluso la existencia convencional de tal “cosa” referente.
Resumen de los tres principales componentes del etiquetado mental
Los tres principales componentes del etiquetado mental, entonces, son:
- Una etiqueta mental.
- Una base para el etiquetado.
- Un objeto referente de la etiqueta mental.
Una persona es imputablemente existente sobre un cuerpo. Este es un hecho sobre las personas sea que veamos a una persona con cognición sensorial no conceptual o que pensemos en una persona o pensemos acerca de una persona con cognición mental conceptual.
Con cognición conceptual de una persona, sin embargo, una etiqueta mental es etiquetada (pegada) sobre una persona individual, específica, como su base para el etiquetado.
La etiqueta mental es el conjunto de una persona conceptualmente implícita como una imputación sobre un cuerpo conceptualmente implícito e, imputado sobre esta persona conceptualmente implícita:
- Una representación mental estática de una persona que toma la forma del cuerpo conceptualmente implícito.
- Un aislador mental estático (nada más que un miembro de la categoría “una persona”) que especifica esta representación como lo que explícitamente arroja.
- Una categoría estática de una persona que aparece como este aislador mental.
Noten que la forma del cuerpo en el holograma mental puede corresponder a la forma que vemos cuando la persona está parada frente a nosotros.
O puede ser una forma arbitraria de cómo se ve el cuerpo de la persona que meramente representa a la persona cuando pensamos en ella o cuando la persona está ausente. Incluso si corresponde a la forma que vemos, la forma que vemos no es el objeto focal dando surgimiento a la cognición conceptual. El objeto referente del etiquetado mental de la categoría “persona” sobre una persona individual específica como la base para el etiquetado es la persona específica individual real como un miembro de la categoría “persona”. En detalle, el objeto referente (la persona convencional) es lo que el aislador mental, como un aislador que especifica un elemento individual, arroja implícitamente en sus caminos después de que ha excluido a todos los demás miembros de la categoría “persona”. En términos más básicos, el objeto referente del concepto que tenemos de Mary cuando proyectamos ese concepto sobre Mary simplemente como una persona, es Mary como alguien que corresponde al concepto que tenemos de ella.
El etiquetado mental interpola (sgro-‘dogs, proyecta) sobre la persona real, entonces, el estatus de ser un miembro de la categoría “persona”. Sin embargo, el etiquetado mental no crea a la persona. La persona es imputablemente existente sobre la base de un cuerpo, sea que la persona esté o no etiquetada mentalmente como un miembro de la categoría “persona”.
- Interpolación significa añadir o proyectar sobre algo otra cosa que no está naturalmente ahí o que no pertenece de manera natural, como agregar una pluma a una flecha.
Por lo tanto, la existencia del objeto referente de la etiqueta mental no está establecida en la forma de un fenómeno de afirmación (sgrub-pa).
- Un fenómeno de afirmación es un artículo definido en términos del establecimiento de un artículo (por ejemplo, por tener una marca característica definitoria encontrable o por ser una “cosa” referente encontrable [btags-don]), sin que un objeto a ser negado sea explícitamente excluido por los sonidos que lo expresan.
- Noten que “establecido” (grub-pa) y “fenómeno de afirmación” (sgrub-pa) son dos inflexiones de la misma palabra en tibetano.
En lugar de estar establecido como un fenómeno de afirmación, el objeto referente se explica simplemente en términos de un fenómeno de negación implicativa. Sin embargo, esto no significa que el objeto referente esté establecido como un fenómeno de negación. Es simplemente lo que está arrojado implícitamente en la estela de los fenómenos de negación “nada más que un miembro de la categoría”. Cuando conceptualmente excluyes todo lo que no es el objeto referente, el objeto referente es lo que queda.